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Inscripción al Servicio Social

De acuerdo al Artículo 8, del Reglamento General para la Prestación del Servicio Social de la Universidad de Guadalajara, los alumnos podrán iniciar la prestación del servicio social cuando hayan cubierto un porcentaje del total de créditos del programa de estudios correspondiente, de conformidad con los siguientes criterios:

I.- Los estudiantes del bachillerato técnico terminal, técnico profesional medio, técnico superior universitario y licenciatura, deberán haber cubierto al menos el 60% del total de créditos del plan de estudios correspondiente;

II.- En los casos de los planes de estudios de la Carrera de Abogado y Psicología, deberán haber cubierto el 70% de los créditos, y;

III.- En los estudios de las licenciaturas en Medicina, Odontología, Enfermería, Nutrición y los programas de estudios de técnico superior universitario en el área de la salud, así como de enfermería del nivel técnico, deberán haber cubierto el 100% de los créditos del plan de estudios correspondiente.

 

El Registro se lleva a cabo a través del Sistema de Administración del Servicio Social (SASS).

 

Podrás encontrar una GUÍA DE APOYO en los siguientes archivos adjuntos:

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